La conocida como “ley antifraude” entrará en vigor, al siguiente día de su publicación en el BOE con carácter general, excepto su artículo siete (referido a pagos en efectivo) que lo hará dentro de 20 días.
La norma refuerza las actuaciones de prevención contra el fraude fiscal, una de las prioridades de la política económica del Gobierno. De hecho, junto al proyecto de ley contra el fraude laboral y la reforma del Código Penal, en trámite parlamentario, supone el mayor esfuerzo normativo en la lucha contra el fraude y la economía sumergida.
Novedades destacadas de la ley:
* Se limita a 2.500 euros el pago en efectivo en operaciones en donde participen empresarios o profesionales. Hacienda perdonará la sanción al contribuyente que denuncie los hechos.
* Todos los contribuyentes deberán informar sobre las cuentas, valores e inmuebles que tengan en el extranjero. Las rentas descubiertas que no hayan sido declaradas se imputarán al último periodo impositivo no prescrito.
* Se excluye del régimen de módulos a aquellos empresarios que facturen menos del 50 por 100 de sus operaciones a particulares y a los que obtengan más de 225.000 euros de otros empresarios o profesionales.
* Hacienda potencia el cobro del IVA en operaciones de entrega de inmuebles, importaciones y declaraciones en concurso.
* Se facilitan los embargos preventivos y demás medidas cautelares para garantizar el cobro de deudas tributarias.
* Se endurecen las sanciones por resistencia y obstrucción a la inspección, que oscilarán entre 1.000 y 600.000 euros.
Para acceder a la nota de prensa publicada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, puede hacerlo a través del enlace Nota informativa.
Si desea acceder al texto íntegro de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, publicada el siguiente día 30 de octubre, puede pinchar en en enlace BOE.